PDe confirmarse su extradición, ésta será un hecho aislado al proceso y no un delito colectivo que comprometa el post-acuerdo.
Quizás sea temprano para conocer la contundencia probatoria , fruto del seguimiento que llevó a la orden del juez norteamericano para capturar, con fines de extradición a Estados Unidos, al señor Santrich y otros tres colombianos, en aplicación del tratado bilateral vigente. Permanecerán a órdenes de la Fiscalía, hasta que los Estados Unidos formalicen la respectiva solicitud por los canales correspondientes.
Casos como este, de antiguos combatientes que persistieran en “narcotraficar” después de la fecha límite establecida por los acuerdos, el 1º de diciembre de 2016, fueron presumiblemente avizorados por quienes los suscribieron. Se estableció que todo aquel que continuara en esa actividad, contemplada apenas hasta esa fecha como conexa con los delitos políticos perpetrados por los combatientes por causa o con ocasión del conflicto armado, quedaría sometido a la justicia ordinaria. No tienen mayor sentido entonces las aseveraciones de quienes hablan con alarma de que se habrían violado gravemente los acuerdos por parte el señor Santrich, antiguo guerrillero , negociador y signatario de esos instrumentos, y que toda la paz estaría en riesgo. Diríamos que no se trata de una violación de los acuerdos. Sería apenas el despliegue de una conducta humana prevista en los mismos acuerdos, susceptible de ser juzgada por la justicia ordinaria.
El sonado episodio no sorprende mayormente y puede no ser el último que protagonice un miembro de la antigua guerrilla o de la fuerza pública. De reincidencia sería la situación de Santrich en el supuesto de que el acervo probatorio le sea adverso. Perdería su curul en la Cámara de Representantes y algunos especulan con el efecto de la silla vacía para el nuevo partido político.
Habrá de sujetarse Santrich a lo que las correspondientes jurisdicciones colombianas, con plena observancia del debido proceso, puedan llegar a concluir. Ni él ni algunos miembros destacados del nuevo partido político, FARC, podrían seguir hablando de “montajes judiciales” ni amenazar con el derrumbe inminente de los acuerdos de paz porque el gobierno o la Fiscalía estarían violándolos, afirmaciones orientadas quizás a disimular o negar la falta presuntamente cometida por Santrich, que por lo pronto, sin embargo, se presume conducta exclusivamente individual y no de su partido.
Su caso será examinado oportunamente por los cinco Magistrados de la Sección de Revisión de la JEP para establecer la fecha en que Santrich habría “narcotraficado» y decidir si quedaría o no al margen del esquema especial de la justicia transicional. En la segunda hipótesis, la competencia para evaluar la procedencia de la extradición sería de nuestra Corte Suprema. A ella correspondería emitir el concepto respectivo y, finalmente, sobre esa base, si fuere favorable a la extradición, el Presidente de la República decidiría si a Santrich se lo extradita o no. Aunque ya el Jefe de Estado manifestó que lo haría sin vacilaciones en caso de que las pruebas en su contra resultaren concluyentes.
Vale la pena considerar la ventaja que representa para el país el esquema de la paz, tal como está establecido. Sin él, en el evento de que la presunta conducta atribuida a Santrich resulte avalada por la justicia colombiana, el responsable no podría ser enjuiciado ni eventualmente sancionado o aún extraditado. La fuerza pública lo estuviera correteando sin éxito por montes y selvas, como ocurrió por largos años de frenética búsqueda para su aniquilación y la de todos sus compañeros de lucha.
Los propios excombatientes, tanto los de la antigua guerrilla, como los de la fuerza pública y los demás que quieran acudir a la JEP, deberían aceptar sin reparos el beneficio del esquema de justicia transicional pactado. Y tener absoluta confianza sobre la seguridad jurídica que para ellos se deriva de la constante vigorización de aquella y la demostración de la absoluta autonomía de sus Magistrados.
Contrariamente a lo que algunos piensan, consideramos que el caso de Santrich, y su adecuada solución por la JEP , confirmará la inmensa fortaleza y no una supuesta debilidad de los acuerdos de paz y sus instituciones. De su independencia y seriedad dieron testimonio claro la Presidenta y varios de los Magistrados de la JEP ante el enorme auditorio que atendió con provecho la jornada pedagógica el 9 de abril en la Universidad Libre. Del evento, que fue el primero de esta naturaleza celebrado en una universidad colombiana, quedó claro que no será jamás la JEP instrumento para fomentar impunidad sino para construir paz verdadera. Que no es, como creemos nosotros, la del exterminio y el olvido sino la de la convivencia respetuosa y la memoria.